Segal, Cohen & Landis, P.C.
Abogado de Defensa de Penalidades del Form 3520
Impugne las Penalidades del IRS del Form 3520 — Defensa Dirigida por Abogados
Atendemos a clientes en todo el país y en el extranjero desde nuestra oficina en Beverly Hills. La mayoría de los asuntos se gestionan por teléfono y video.

Para regalos extranjeros no declarados, IRC §6039F generalmente establece una multa del 5% mensual, hasta el 25% del regalo. Los fideicomisos extranjeros siguen reglas distintas bajo IRC §6677: las multas iniciales generalmente equivalen al mayor de $10,000 o el 35% de una transferencia o distribución no declarada; ciertos incumplimientos de información sobre propiedad utilizan el 5% de los activos pertinentes del fideicomiso. Pueden aplicarse multas adicionales y límites legales. La multa máxima no es un resultado inevitable en todos los casos.
Revisamos la obligación de declarar, el tipo de transacción, el aviso, los plazos y los documentos antes de recomendar una respuesta. Puede existir alivio por causa razonable, pero desconocer el requisito o confiar en un preparador no basta automáticamente. Evaluamos las pruebas y las vías administrativas o judiciales disponibles; no garantizamos una reducción ni un resultado específico.
Qué hacemos
Solicitudes de Condonación por Causa Razonable
Preparamos una solicitud de causa razonable con respaldo cuando los hechos la justifican. La confianza en asesoramiento debe evaluarse en su contexto; el alivio no es automático.
Apelaciones del IRS
Revisamos el aviso y las vías de apelación o reembolso disponibles, incluidos los plazos y posibles requisitos de pago. El foro adecuado depende de la liquidación y de los antecedentes procesales.
Presentación Tardía del Form 3520
Simultáneamente con la condonación de penalidades, nos aseguramos de que el Form 3520 subyacente sea presentado correcta y completamente.
El proceso de resolución
- 01
Análisis de Penalidades
Revisamos la evaluación del IRS, identificamos todos los períodos de penalidad aplicables y calculamos si el IRS ha aplicado correctamente la fórmula de penalidad.
- 02
Desarrollo de Causa Razonable
Entrevistamos al contribuyente, recopilamos evidencia de causa razonable e identificamos argumentos legales aplicables y precedentes que respaldan la condonación.
- 03
Presentación de la Solicitud de Condonación
Revisamos la obligación de declarar, el tipo de transacción, el aviso, los plazos y los documentos antes de recomendar una respuesta. Puede existir alivio por causa razonable, pero desconocer el requisito o confiar en un preparador no basta automáticamente. Evaluamos las pruebas y las vías administrativas o judiciales disponibles; no garantizamos una reducción ni un resultado específico.
- 04
Apelaciones o Litigio
Si la condonación inicial es denegada, escalamos a las Apelaciones del IRS o evaluamos el litigio en el tribunal de distrito federal basado en el monto en cuestión.
Preguntas frecuentes
¿Pueden eximirse las penalidades del Form 3520?
Preparamos una solicitud de causa razonable con respaldo cuando los hechos la justifican. La confianza en asesoramiento debe evaluarse en su contexto; el alivio no es automático.
¿Qué es la causa razonable para una penalidad del Form 3520?
Revisamos la obligación de declarar, el tipo de transacción, el aviso, los plazos y los documentos antes de recomendar una respuesta. Puede existir alivio por causa razonable, pero desconocer el requisito o confiar en un preparador no basta automáticamente. Evaluamos las pruebas y las vías administrativas o judiciales disponibles; no garantizamos una reducción ni un resultado específico.
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