Segal, Cohen & Landis

Segal, Cohen & Landis, P.C.

Abogado del Form 3520

Cumplimiento del Form 3520, Presentación Tardía y Defensa de Penalidades

Atendemos a clientes en todo el país y en el extranjero desde nuestra oficina en Beverly Hills. La mayoría de los asuntos se gestionan por teléfono y video.

A foreign envelope and inheritance documents on a warm wooden desk — Form 3520 reporting

Una persona estadounidense generalmente debe declarar en el Form 3520 los regalos o legados que sumen más de $100,000 durante el año fiscal, recibidos de una persona física extranjera no residente o una sucesión extranjera. Los regalos de donantes relacionados deben sumarse cuando corresponda. Los supuestos regalos de sociedades o corporaciones extranjeras tienen un umbral separado que se ajusta anualmente; consulte el importe del IRS para el año de recepción. Los regalos y herencias generalmente se excluyen de los ingresos, pero pueden aplicarse excepciones y otras obligaciones de información, incluidas las reglas para expatriados sujetos al régimen especial y fideicomisos extranjeros.

Para regalos extranjeros no declarados, IRC §6039F generalmente establece una multa del 5% mensual, hasta el 25% del regalo. Los fideicomisos extranjeros siguen reglas distintas bajo IRC §6677: las multas iniciales generalmente equivalen al mayor de $10,000 o el 35% de una transferencia o distribución no declarada; ciertos incumplimientos de información sobre propiedad utilizan el 5% de los activos pertinentes del fideicomiso. Pueden aplicarse multas adicionales y límites legales. La multa máxima no es un resultado inevitable en todos los casos.

Qué hacemos

Preparación y Presentación del Form 3520

Preparamos el Form 3520 para donaciones extranjeras, legados y distribuciones de fideicomisos extranjeros. La caracterización adecuada de la transacción afecta significativamente los requisitos de informe y el posible pasivo tributario.

Presentación Tardía del Form 3520

Revisamos la obligación de declarar, el tipo de transacción, el aviso, los plazos y los documentos antes de recomendar una respuesta. Puede existir alivio por causa razonable, pero desconocer el requisito o confiar en un preparador no basta automáticamente. Evaluamos las pruebas y las vías administrativas o judiciales disponibles; no garantizamos una reducción ni un resultado específico.

Condonación de Penalidades del Form 3520

Revisamos la obligación de declarar, el tipo de transacción, el aviso, los plazos y los documentos antes de recomendar una respuesta. Puede existir alivio por causa razonable, pero desconocer el requisito o confiar en un preparador no basta automáticamente. Evaluamos las pruebas y las vías administrativas o judiciales disponibles; no garantizamos una reducción ni un resultado específico.

Cumplimiento de Fideicomisos Extranjeros (Form 3520-A)

El propietario estadounidense generalmente debe asegurar que el fideicomiso extranjero presente el Form 3520-A y los informes exigidos. Si el fideicomiso no presenta, puede ser necesaria una declaración sustitutiva. Revisamos las excepciones y los plazos aplicables.

El proceso de resolución

  1. 01

    Análisis de la Transacción

    Analizamos la naturaleza de la transacción extranjera — donación, herencia, distribución fiduciaria — y determinamos todos los requisitos de informe aplicables.

  2. 02

    Preparación de la Declaración

    Preparamos el Form 3520 con una caracterización precisa y todas las divulgaciones requeridas.

  3. 03

    Condonación de Penalidades (si está atrasado)

    Revisamos la obligación de declarar, el tipo de transacción, el aviso, los plazos y los documentos antes de recomendar una respuesta. Puede existir alivio por causa razonable, pero desconocer el requisito o confiar en un preparador no basta automáticamente. Evaluamos las pruebas y las vías administrativas o judiciales disponibles; no garantizamos una reducción ni un resultado específico.

  4. 04

    Cumplimiento Continuo

    Asesoramos sobre las obligaciones de informe anual para distribuciones fiduciarias extranjeras y donaciones recurrentes.

Preguntas frecuentes

¿Es imponible una herencia extranjera en EE. UU.?

Una persona estadounidense generalmente debe declarar en el Form 3520 los regalos o legados que sumen más de $100,000 durante el año fiscal, recibidos de una persona física extranjera no residente o una sucesión extranjera. Los regalos de donantes relacionados deben sumarse cuando corresponda. Los supuestos regalos de sociedades o corporaciones extranjeras tienen un umbral separado que se ajusta anualmente; consulte el importe del IRS para el año de recepción. Los regalos y herencias generalmente se excluyen de los ingresos, pero pueden aplicarse excepciones y otras obligaciones de información, incluidas las reglas para expatriados sujetos al régimen especial y fideicomisos extranjeros.

¿Cuál es la penalidad por presentar el Form 3520 tardíamente?

Para regalos extranjeros no declarados, IRC §6039F generalmente establece una multa del 5% mensual, hasta el 25% del regalo. Los fideicomisos extranjeros siguen reglas distintas bajo IRC §6677: las multas iniciales generalmente equivalen al mayor de $10,000 o el 35% de una transferencia o distribución no declarada; ciertos incumplimientos de información sobre propiedad utilizan el 5% de los activos pertinentes del fideicomiso. Pueden aplicarse multas adicionales y límites legales. La multa máxima no es un resultado inevitable en todos los casos.

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Fuentes del IRS

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