
Encontrar el contacto adecuado para una auditoría fiscal de California
No existe un único número oficial de defensa ante auditorías de California. Empiece por la agencia y el auditor que figuran en su notificación, verifique el contacto en el sitio web oficial de la agencia y distinga la asistencia gubernamental de la representación privada. Estos contactos generales pueden ayudar a dirigir su consulta:
| Agencia o despacho privado | Finalidad | Número de teléfono |
|---|---|---|
| Franchise Tax Board (FTB) | Asistencia general sobre el impuesto sobre la renta; para una auditoría, contacte al auditor asignado | 1-800-852-5711 |
| CDTFA | Asistencia fiscal general; para preguntas sobre auditorías, contacte al auditor asignado o a una oficina local | 1-800-400-7115 |
| EDD | Asistencia sobre impuestos de nómina; para su caso, contacte al auditor asignado | 1-888-745-3886 |
| Segal, Cohen & Landis (SCL) (despacho de abogados privado) | Consulte sobre representación privada, servicios y honorarios | (310) 285-3999 — página de contacto del despacho (Inglés) |
Importante: Puede comunicarse personalmente con la agencia tributaria o autorizar a un representante conforme a sus procedimientos. La representación puede ayudar en asuntos complejos, pero no garantiza un resultado favorable ni elimina toda necesidad de que usted participe.
Revise la notificación, las cuestiones controvertidas, la documentación de respaldo y los procedimientos aplicables al asunto concreto. No dé por supuesta una determinada probabilidad de selección, un resultado económico ni un plazo de finalización.
Antes de responder, identifique la información solicitada, los períodos fiscales y los plazos. Conteste con exactitud y conserve copias de los documentos y la correspondencia. Si una solicitud no está clara o plantea una cuestión de confidencialidad legalmente protegida o de derecho, solicite aclaraciones o asesoramiento.
Considere acudir a un profesional fiscal cualificado cuando las cuestiones, los plazos o las posibles consecuencias justifiquen asistencia. Confirme sus credenciales y su autorización para actuar ante la agencia correspondiente.
Esta guía explica cómo localizar contactos para auditorías fiscales de California y evaluar la representación. El procedimiento correcto depende de la agencia emisora, la notificación y los hechos.
Glosario de número de defensa ante auditorías de California:
- Abogado de defensa ante auditorías de California
- Recursos ante las autoridades tributarias de California
- Reducción o anulación de cargos del Franchise Tax Board
Conocer las agencias tributarias de California y los tipos de auditoría
El IRS administra los impuestos federales. Los asuntos estatales de California pueden corresponder al FTB, CDTFA o EDD, entre otras agencias. Sus competencias tributarias y procedimientos difieren, por lo que debe identificar la agencia y el tipo de impuesto antes de responder.
Si recibe una notificación de auditoría, revise su alcance y sus plazos. Según sus necesidades, los servicios de resolución de asuntos tributarios estatales de California pueden incluir asesoramiento o representación dentro del encargo acordado.
Las auditorías pueden realizarse mediante correspondencia o reuniones, según la agencia y las cuestiones examinadas. Entre las formas habituales de recabar información se encuentran:
- Correspondencia: La agencia puede solicitar documentos o explicaciones por escrito. Una revisión por correspondencia puede abarcar una o varias cuestiones; atienda la solicitud concreta y su plazo de respuesta.
- Reuniones en oficinas: Un auditor puede concertar una reunión en una oficina de la agencia con usted o su representante autorizado. El lugar, por sí solo, no determina el alcance de la revisión.
- Reuniones en el establecimiento u otro lugar acordado: La auditoría puede incluir el examen de registros empresariales en un lugar adecuado, conversaciones sobre las operaciones o solicitudes de información adicional. Confirme los preparativos y cualquier representación antes de la reunión.
Auditorías del Franchise Tax Board (FTB)
El FTB administra los impuestos sobre la renta personal y los impuestos de franquicia y sobre la renta de sociedades. Una auditoría comprueba si la declaración refleja correctamente los conceptos examinados; la selección, por sí misma, no demuestra que se adeuden impuestos adicionales.
La residencia y el domicilio pueden afectar a la tributación en California. Los residentes generalmente declaran ingresos de todas las fuentes; los no residentes también pueden adeudar impuestos de California por ingresos de fuente californiana. Una mudanza no determina por sí sola la condición de residente y ningún hecho aislado resuelve todos los casos. Conserve registros que respalden su residencia y el origen de sus ingresos. Para información relacionada, consulte Auditoría del FTB de California.
Auditorías del impuesto sobre las ventas del CDTFA
El Departamento de Administración de Impuestos y Cuotas de California (CDTFA) administra los impuestos sobre las ventas y el uso, además de otros impuestos y cuotas. Sus auditorías examinan si los importes declarados son correctos.
Los auditores del CDTFA pueden contrastar los importes declarados con los registros y examinar determinadas transacciones. Analice el método propuesto y si los registros de respaldo o la muestra reflejan fielmente la actividad empresarial. Algunos ejemplos son:
- Comprobación del margen sobre el costo: Revisar compras, ventas y el margen efectivamente obtenido sobre el costo para comprobar las ventas declaradas. Los datos de respaldo y los supuestos utilizados importan.
- Conciliación de ventas: Comparar las ventas registradas y los justificantes de pago, incluidas las transacciones con tarjeta y en efectivo, con las ventas gravables declaradas. Documente las diferencias legítimas en lugar de suponer que todo ingreso está sujeto a impuestos.
- Muestreo: Examinar una muestra de transacciones y evaluar los errores conforme al método de auditoría aplicable. No existe una muestra universal de tres meses ni garantía de que un resultado extrapolado sea excesivo; revise el período y los cálculos de la auditoría concreta.
Auditorías de impuestos de nómina del EDD
El Departamento de Desarrollo del Empleo (EDD) audita el cumplimiento de las obligaciones tributarias laborales de California, incluidas la clasificación de trabajadores, los salarios declarados y las retenciones del impuesto sobre la renta personal. La clasificación es una posible cuestión, no el único motivo de auditoría.
La solicitud de prestaciones de un trabajador puede plantear dudas sobre su clasificación, pero no suponga que toda solicitud provoca una auditoría de todos los trabajadores. Importa la prueba de clasificación aplicable: la prueba ABC se aplica en muchos casos, mientras que las excepciones legales pueden exigir otra prueba. Revise la relación real y los registros de declaración. Una determinación puede incluir impuestos impagados, intereses y sanciones aplicables, pero el resultado depende de las conclusiones. Consulte nuestra guía completa de auditorías del EDD de California.
Auditorías del IRS y de California: diferencias principales
Las normas federales y las de California difieren en los plazos de determinación tributaria, el tratamiento fiscal, la recaudación y los procedimientos de recurso. La siguiente tabla ofrece una comparación general, no el cálculo del plazo de una notificación concreta. Pueden existir excepciones, prórrogas y suspensiones.
| Aspecto de la auditoría | Servicio de Impuestos Internos (IRS) | Agencias del estado de California (FTB, CDTFA, EDD) |
|---|---|---|
| Plazo general para determinar impuestos | Generalmente 3 años desde el vencimiento de la declaración o su presentación, lo que ocurra más tarde; existen excepciones | FTB: generalmente 4 años desde el vencimiento original o la presentación posterior. CDTFA y EDD: generalmente períodos de auditoría de 3 años, con normas y excepciones específicas de cada impuesto. |
| Plazo de prescripción de la recaudación | Generalmente 10 años desde cada determinación tributaria; pueden aplicarse suspensiones y prórrogas | FTB: generalmente 20 años desde que la obligación tributaria más reciente del año fiscal resulte vencida y exigible; se aplican suspensiones y excepciones legales |
| Principales instancias de recurso | Oficina Independiente de Apelaciones del IRS; Tribunal Fiscal de EE. UU. en asuntos de su competencia | Protesta ante el FTB y después recurso ante la OTA; revisión administrativa del CDTFA y después OTA cuando corresponda; las peticiones del EDD se presentan ante la CUIAB |
| Ejemplos de sanciones y cargos | Inexactitud; falta de presentación o pago | Sanción del 25% del FTB por incumplir un requerimiento cuando concurren los requisitos legales; las demás normas sobre sanciones y cuotas varían según la agencia |
| Suspensión de licencias de conducir o profesionales | Pueden aplicarse restricciones federales de pasaporte a deudas tributarias certificadas como gravemente morosas; existen excepciones (orientación del IRS) | Las normas de la lista Top 500 de deudores morosos del FTB pueden dar lugar a determinadas consecuencias para las licencias después de la notificación exigida |
Para comprender cómo se aplican estas normas estatales a su situación, lea Su guía de referencia del Franchise Tax Board de California (Inglés).
Plazos de prescripción y estructura de las sanciones
El IRS generalmente dispone de tres años desde el vencimiento de una declaración o su presentación, lo que ocurra más tarde, para determinar impuestos adicionales, con excepciones. El FTB generalmente dispone de cuatro años desde el vencimiento original o la presentación posterior. Conforme a R&TC 18622, los cambios federales que deban comunicarse generalmente deben notificarse dentro de los seis meses siguientes a una determinación federal definitiva; para declarantes individuales del impuesto sobre la renta personal, la obligación se aplica cuando el cambio aumenta el impuesto de California. No comunicar un cambio federal obligatorio puede dejar abierto el plazo para determinar la deficiencia tributaria resultante de California conforme a la ley aplicable. Revise la orientación del FTB sobre auditorías y el historial real de la cuenta.
Las sanciones de California tienen condiciones de aplicación, cálculos y criterios de exoneración propios. Por ejemplo:
- La sanción por incumplir un requerimiento conforme a la sección 19133 del Código de Ingresos e Impuestos depende de los requisitos legales, incluida la excepción por causa razonable y ausencia de negligencia deliberada; no se aplica automáticamente después de toda respuesta de auditoría omitida.
- Sanción del FTB por presentación tardía: Generalmente el 5% del importe impagado por cada mes o fracción de mes, hasta el 25%, cuando no se cumplen los requisitos de pago y de presentación dentro del plazo prorrogado. Las sanciones mínimas y las normas específicas para entidades pueden afectar al cálculo.
- Sanción del FTB por inexactitud: Puede aplicarse una sanción del 20% al pago insuficiente correspondiente por negligencia o una subdeclaración sustancial, con sujeción a los requisitos y excepciones legales. No es automática simplemente porque una auditoría modifique la declaración.
Afortunadamente, en ocasiones es posible obtener una reducción o anulación de sanciones. Puede conocer el procedimiento en nuestra guía Cómo obtener una reducción o anulación de cargos del Franchise Tax Board en 5 pasos.
Intercambio de datos y discrepancias entre la tributación federal y estatal
Las agencias tributarias federales y estatales intercambian información conforme a los acuerdos aplicables. Un ajuste federal puede afectar al impuesto de California, pero el intercambio entre agencias no sustituye sus propias obligaciones de informar ni garantiza una determinación estatal inmediata.
Revise la notificación, las cuestiones controvertidas, la documentación de respaldo y los procedimientos aplicables al asunto concreto. No dé por supuesta una determinada probabilidad de selección, un resultado económico ni un plazo de finalización.
Elegir un contacto adecuado para una auditoría fiscal de California
California no adopta todas las disposiciones tributarias federales. Compruebe el tratamiento californiano de los conceptos efectivamente examinados, incluidas las diferencias en deducciones, créditos o determinación de la fuente de ingresos.
Si desea representación, pregunte por la experiencia con la agencia de California, la cuestión y el procedimiento pertinentes. Un número de teléfono local no demuestra por sí solo competencia, autorización ni un resultado favorable. Recurso relacionado: Representación en auditorías fiscales cerca de mí.
Cómo encontrar y utilizar un número de defensa ante auditorías de California
Cuando recibe una carta de auditoría, tiene dos opciones principales: contactar directamente a la agencia estatal para solicitar información o llamar a un abogado fiscal para que lo represente.
Utilice la información de contacto de la agencia y del auditor que aparece en la notificación tributaria concreta. El Auditor del Estado de California supervisa la gestión gubernamental y no es el contacto para auditorías de contribuyentes del FTB, CDTFA o EDD. Verifique los contactos tributarios actuales mediante canales oficiales. Lecturas relacionadas: Directorio de organizaciones estatales de auditoría; Contacto — Auditor del Estado de California.
Contactar directamente con las agencias estatales
Para asistencia general o para dirigir su consulta, utilice los contactos oficiales siguientes. En una auditoría en curso, el auditor asignado o el contacto indicado en la notificación verificada normalmente dispondrá de los detalles del caso:
- Franchise Tax Board (FTB): El servicio general de atención sobre el impuesto sobre la renta es 1-800-852-5711. Compruebe las opciones en la página oficial de contacto del FTB; para su auditoría, utilice el contacto asignado. Recurso relacionado: Guía detallada de contacto con el Franchise Tax Board de California.
- CDTFA: El servicio general de atención es 1-800-400-7115. Para preguntas sobre auditorías, contacte al auditor asignado o a una oficina local conforme a la página oficial de contacto del CDTFA.
- Impuestos de nómina del EDD: La asistencia general sobre impuestos de nómina es 1-888-745-3886. Verifique el número y el horario en la página oficial de contacto del EDD; para preguntas específicas de su caso, acuda al auditor asignado.
Registre los contactos y proporcione información exacta. Antes de compartir documentos sensibles, verifique la agencia y el destinatario mediante canales oficiales. Pida aclaraciones cuando no entienda una solicitud.
Elegir un representante
Puede gestionar una auditoría personalmente o contratar a un abogado, contador público certificado (CPA), agente inscrito ante el IRS u otro representante permitido por la agencia pertinente. Considere sus cualificaciones, facultades, servicios y honorarios; ningún tipo de representante garantiza el resultado más seguro o favorable.
Un poder válido permite la representación dentro del alcance autorizado y de los procedimientos de la agencia. No garantiza que termine todo contacto directo con el contribuyente; las solicitudes legítimas pueden exigir su participación. Lectura relacionada: Abogado de defensa ante auditorías de California: cómo contratar al abogado adecuado.
Posibles motivos de auditoría y estrategias de defensa
Las auditorías pueden surgir de varias fuentes, como la revisión de declaraciones, exámenes relacionados o información externa. Una posible incidencia no demuestra que una declaración vaya a ser seleccionada ni que se adeuden impuestos adicionales.
Cuestiones que pueden examinarse
- Personas con ingresos elevados: Pueden examinarse los ingresos, la residencia y la fuente de los ingresos. El nivel de ingresos o un cambio de residencia no demuestra que se vaya a seleccionar a un contribuyente concreto; el examen depende de la declaración y de las circunstancias.
- Fuente de la remuneración en acciones: Mudarse a California o fuera de ella puede plantear dudas sobre la fuente de los ingresos relacionados con el empleo. Conserve registros que respalden la distribución aplicable; una mudanza o concesión de remuneración no garantiza por sí sola una auditoría.
- Diferencias entre normas federales y de California: Concilie la declaración federal con los ajustes de California y conserve los justificantes. Una discrepancia puede requerir una explicación, pero no demuestra que vaya a producirse una revisión automatizada.
- Transacciones en efectivo: Mantenga registros de los ingresos en efectivo y de otros cobros, distinguiendo las transacciones gravables de las no gravables. La agencia puede comparar los libros con la declaración.
- Registros de procesadores de pagos: Concilie los informes de los procesadores con sus libros y ventas declaradas, documentando diferencias como reembolsos o cobros no gravables. Una discrepancia requiere explicación; no garantiza una auditoría ni impuestos adicionales.
Estrategias eficaces de defensa y protesta ante auditorías
Ante una Notificación de Determinación Propuesta del FTB, la protesta generalmente vence a los 60 días de la fecha de la notificación. Las peticiones de redeterminación del CDTFA generalmente tienen un plazo de 30 días desde el envío de la notificación, con excepciones específicas de cada impuesto. Las peticiones contra determinaciones del EDD generalmente deben presentarse dentro de los 30 días siguientes a la notificación formal o al envío postal, con una posible prórroga por causa justificada. Lea la notificación y el procedimiento aplicable del CDTFA o del EDD; no utilice un plazo del FTB para otra agencia.
En una disputa sobre una determinación del FTB, los posibles pasos incluyen:
- Presentar una protesta a tiempo: Exponga los motivos de desacuerdo con la determinación propuesta y aporte los hechos pertinentes, argumentos jurídicos y documentos de respaldo conforme a los requisitos del FTB.
- Solicitar una audiencia de protesta: Puede solicitar una audiencia oral durante el procedimiento de protesta del FTB conforme a sus normas.
- Considerar un depósito tributario: Los intereses generalmente siguen acumulándose mientras la disputa ante el FTB está pendiente. Un depósito debidamente identificado puede detener los intereses futuros sobre el importe cubierto y preservar el procedimiento de impugnación; un depósito parcial no detiene los intereses sobre el saldo no cubierto.
- Recurrir ante la Oficina de Apelaciones Tributarias (OTA): Una Notificación de Resolución del FTB generalmente permite recurrir dentro de los 30 días de su fecha. La OTA es un organismo independiente de apelaciones administrativas; puede solicitarse una audiencia oral. Siga la notificación y los procedimientos de la OTA en lugar de suponer que se celebrará automáticamente una audiencia.
Para información relacionada con este procedimiento de recurso administrativo, lea La guía completa de recursos ante las autoridades tributarias de California.
Preguntas frecuentes sobre auditorías fiscales de California
¿Cuánto dura una auditoría del FTB de California?
No existe un plazo fijo de finalización. El FTB indica que el tiempo varía según la complejidad. Los registros, las solicitudes adicionales, las cuestiones controvertidas y cualquier protesta o recurso posterior pueden afectar a la duración. Pregunte al contacto asignado por la fase actual y la información pendiente; no considere una estimación de planificación como un plazo garantizado.
¿Puedo recurrir una decisión de auditoría fiscal de California?
Sí, según la notificación y el procedimiento. Una NPA del FTB generalmente permite una protesta dentro de los 60 días de su fecha, y una Notificación de Resolución del FTB generalmente permite recurrir ante la OTA dentro de los 30 días. Las peticiones del CDTFA generalmente tienen un plazo de 30 días desde el envío de la determinación, con excepciones específicas del impuesto. Las peticiones del EDD generalmente tienen un plazo de 30 días desde la notificación formal o el envío y se presentan ante la CUIAB, con las normas aplicables sobre causa justificada.
¿Qué ocurre si ignoro una notificación de auditoría de California?
No responder puede permitir que la agencia proceda con los registros disponibles y puede hacerle perder la oportunidad de protestar o recurrir. El plazo y las consecuencias dependen de la notificación; una solicitud inicial de información no equivale a una determinación propuesta. Cuando el impuesto es exigible, las medidas de cobro aplicables pueden incluir:
- Embargos de cuentas bancarias u otras órdenes de retención, conforme a los procedimientos de la agencia.
- Retenciones salariales según la orden tributaria y los límites legales aplicables; revise el cálculo y cualquier procedimiento por dificultades económicas.
- Gravámenes tributarios que pueden afectar a los bienes, conforme a la legislación y los procedimientos de notificación aplicables.
- Las consecuencias para las licencias requieren cumplir los criterios aplicables de la lista Top 500 de deudores morosos y los procedimientos de notificación previa; no basta con ignorar una notificación de auditoría.
- La publicación en la lista pertinente de contribuyentes morosos solo procede cuando se cumplen sus criterios y requisitos de notificación.
Conclusión
Lea sin demora una notificación de auditoría fiscal de California, identifique la agencia y los plazos, y organice los registros solicitados. Puede responder personalmente o buscar representación cualificada según la complejidad y los hechos; la asistencia no garantiza una determinación inferior ni un resultado más rápido.
Contacte a Segal, Cohen & Landis (SCL) para hablar del asunto tributario, las notificaciones y plazos pertinentes, y las opciones de respuesta disponibles. Confirme las cualificaciones del representante propuesto y el alcance del encargo.
Si tiene una notificación de auditoría, controle sus plazos mientras decide cómo responder. Puede contactar a nuestro equipo de abogados fiscales de Los Ángeles (Inglés) o consultar los servicios de resolución de asuntos tributarios estatales de California para hablar de servicios y honorarios. Acuerden quién se encargará de cada actuación requerida.
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