Segal, Cohen & Landis

Impuestos sobre nóminas y empresas

Abogados de impuestos sobre la nómina en Los Ángeles: asuntos del IRS y del EDD

Conozca los depósitos de impuestos sobre la nómina, las auditorías del IRS y del EDD de California, la responsabilidad de las personas responsables y las opciones sujetas a requisitos para resolver impuestos empresariales pendientes.

Lectura: aprox. 13 min · Samuel Landis, Esq. · 17 de diciembre de 2025 · Leer en inglés

Última actualización:

Abogado de impuestos sobre la nómina en Los Ángeles

Por qué las empresas de Los Ángeles deben tomar en serio los impuestos sobre la nómina

Un abogado de impuestos sobre la nómina en Los Ángeles puede evaluar auditorías del IRS y del Departamento de Desarrollo del Empleo de California (EDD), la posible responsabilidad por la sanción de recuperación de impuestos retenidos o recaudados para su entrega al fisco (TFRP), los acuerdos de pago y los recursos frente al cobro. Una oferta de transacción permite liquidar deudas que reúnen los requisitos; un acuerdo de pago a plazos distribuye los pagos en el tiempo. Ni contratar a un abogado ni solicitar alivio detiene automáticamente todas las medidas de cobro. Los abogados, contadores públicos certificados (CPA) y agentes inscritos pueden representar a contribuyentes ante el IRS; el asesoramiento jurídico y la representación judicial requieren las cualificaciones y la admisión correspondientes.

Principales motivos por los que podría necesitar un abogado de impuestos sobre la nómina en Los Ángeles:

  • Recibió un aviso del IRS o del EDD de California sobre impuestos sobre la nómina impagados o una clasificación incorrecta de trabajadores
  • Su empresa enfrenta una auditoría de impuestos sobre el empleo
  • Enfrenta una propuesta o una imposición de la sanción TFRP por la parte de los impuestos sobre el empleo retenida o recaudada para su entrega al fisco y no ingresada, basada en la responsabilidad y en el incumplimiento deliberado de recaudar, contabilizar o ingresar esos impuestos
  • El IRS ha registrado un aviso de gravamen tributario, embargado su cuenta bancaria o comenzado a embargar salarios
  • Necesita negociar un acuerdo por impuestos atrasados sobre la nómina que su empresa no puede pagar íntegramente
  • No sabe si los trabajadores son empleados o contratistas independientes conforme a la prueba ABC de California o a una excepción legal aplicable

El impago de impuestos sobre la nómina puede generar sanciones e intereses considerables y exposición al cobro. El impuesto federal sobre la renta retenido a los empleados y su parte de los impuestos del Seguro Social y Medicare son impuestos retenidos o recaudados para su entrega al fisco; las aportaciones del empleador son distintas. Según el incumplimiento y el tiempo transcurrido, las sanciones y los intereses combinados pueden superar el 25% del impuesto impagado. El IRS puede recurrir al cobro administrativo sin demandar previamente, pero generalmente se aplican requisitos de notificación, derechos de audiencia, exenciones y otras exigencias legales.

Los impuestos sobre la nómina de California administrados por el EDD tienen reglas, sanciones y procedimientos de ejecución propios. La sentencia Dynamex de la Corte Suprema adoptó la prueba ABC en el contexto de las órdenes salariales; legislación posterior amplió ese marco con excepciones. A efectos del EDD, determine si corresponde la prueba ABC, la prueba multifactorial Borello u otra regla. Una clasificación incorrecta puede originar obligaciones por impuestos anteriores sobre la nómina, pero el resultado depende de los hechos y del derecho aplicable.

Una empresa puede atrasarse por problemas de liquidez, errores contables, conducta indebida de empleados o dudas sobre la clasificación de trabajadores. Pagar el alquiler o a proveedores en lugar de efectuar los depósitos tributarios obligatorios no elimina la obligación fiscal. Utilizar fondos disponibles para pagar a otros acreedores sabiendo que hay impuestos retenidos o recaudados para su entrega al fisco impagados puede sustentar una conclusión de incumplimiento deliberado. Revise los avisos sin demora: pueden acumularse sanciones e intereses, y una persona responsable puede incurrir en responsabilidad separada aunque la empresa esté constituida como sociedad.

Los Ángeles: Reúna registros de nómina, declaraciones tributarias, comprobantes de depósitos y avisos del IRS o del EDD. Identifique los períodos fiscales y los plazos de respuesta antes de elegir representante o recurso.

Componente de la nóminaTratamiento general
Retención del impuesto federal sobre la rentaImportes retenidos de los salarios de los empleados e ingresados al IRS conforme a las reglas de retención aplicables.
Impuesto del Seguro SocialGeneralmente, 6.2% a cargo del empleado y 6.2% a cargo del empleador, un total del 12.4%, hasta el límite salarial anual del Seguro Social.
Impuesto de MedicareGeneralmente, 1.45% a cargo del empleado y 1.45% a cargo del empleador, un total del 2.9%, sin límite de base salarial. Se aplica una retención adicional de Medicare del 0.9%, exclusivamente a cargo del empleado, sobre los salarios que superen el umbral de retención del empleador; ese impuesto adicional no tiene aportación equivalente del empleador.
Retención del impuesto sobre la renta de California (PIT)Importes retenidos de los salarios de los empleados conforme a las reglas de retención de California y administrados por el EDD.
Seguro de Desempleo de California (UI) e Impuesto de Capacitación Laboral (ETT)Aportaciones del empleador sujetas a los límites salariales y las tasas aplicables.
Seguro Estatal de Incapacidad de California (SDI)Generalmente se retiene de los salarios de los empleados para financiar prestaciones por incapacidad y de permiso familiar remunerado.

Términos importantes sobre Los Ángeles y los abogados de impuestos sobre la nómina:

Los graves riesgos del incumplimiento de los impuestos sobre la nómina

Los empleadores generalmente retienen de los salarios el impuesto federal sobre la renta y la parte del empleado de los impuestos del Seguro Social y Medicare, y pagan sus propias aportaciones al Seguro Social y Medicare. El impuesto federal de desempleo generalmente corre a cargo del empleador. En California, UI y ETT son aportaciones del empleador, mientras que PIT y SDI generalmente se retienen a los empleados. Deben verificarse la cobertura, las exclusiones y los límites salariales correspondientes al empleo concreto.

Los incumplimientos de los impuestos sobre la nómina pueden amenazar las finanzas de una empresa y generar responsabilidad separada para las personas responsables. Entre los problemas habituales que conviene investigar figuran:

  • Problemas de liquidez: En tiempos difíciles, las empresas pueden verse tentadas a utilizar los fondos disponibles de impuestos sobre la nómina para cubrir otros gastos operativos inmediatos, como el alquiler o pagos a proveedores. Es una apuesta peligrosa, ya que el IRS se toma muy en serio estos impuestos retenidos o recaudados para su entrega al fisco.
  • Errores contables: Los errores simples de cálculo, presentación o depósito pueden convertirse rápidamente en problemas importantes. Los empleados incompetentes o deshonestos también pueden gestionar mal las obligaciones de impuestos sobre la nómina y, a veces, ocultar sus errores a los propietarios, lo que genera responsabilidades inesperadas más adelante.
  • Clasificación incorrecta de trabajadores: Tratar a un empleado como contratista independiente puede dejar sin pagar las retenciones obligatorias y los impuestos del empleador. Las reglas federales y las de California deben evaluarse por separado; una conclusión adversa en una auditoría no es inevitable y depende de los hechos.

El IRS y el EDD pueden determinar impuestos impagados y sanciones aplicables y perseguir su cobro conforme a sus respectivos procedimientos. Los activos empresariales pueden quedar expuestos, y también los activos personales cuando se haya establecido legalmente la responsabilidad de una persona. La constitución de una sociedad, por sí sola, no resuelve la responsabilidad de una persona responsable.

Sanciones graves e intereses acumulados

Los depósitos tardíos, las declaraciones fuera de plazo y los saldos impagados pueden generar sanciones distintas e intereses. Compruebe el período aplicable, el cálculo y los posibles mecanismos de alivio de cada cargo:

  • Sanción por no depositar (FTD): La Sección 6656 del IRC generalmente impone un 2%, 5% o 10% según el retraso del depósito obligatorio, que aumenta al 15% bajo determinadas condiciones de notificación y requerimiento de pago. Estas tasas no se acumulan para un mismo depósito. Deben respetarse las reglas y los plazos de depósito electrónico; una obligación acumulada de impuestos sobre el empleo de $100,000 puede activar un depósito el siguiente día hábil. Consulte el calendario aplicable en lugar de suponer que ese plazo corresponde a cada día de pago.
  • Sanción por no presentar: Presente a tiempo las declaraciones obligatorias sobre la nómina, como el Formulario 941, aunque pagar resulte difícil. La sanción ordinaria por presentación tardía de la Sección 6651 del IRC generalmente es del 5% por mes o fracción de mes, hasta un 25%, sujeta al cálculo aplicable, las reglas sobre concurrencia de sanciones y las disposiciones de alivio.
  • Sanción por no pagar: El pago tardío puede generar una sanción separada, generalmente del 0.5% por mes o fracción de mes hasta el 25%, con cambios de tasa en determinadas circunstancias. Puede aplicarse junto con otras sanciones. Cuando las sanciones por no presentar y por no pagar coinciden en un mismo mes, la primera se reduce por el importe de la segunda.
  • Cálculo de intereses: Los intereses generalmente se acumulan sobre el impuesto impagado desde su vencimiento y se capitalizan diariamente. Los intereses sobre sanciones comienzan según el tipo de sanción y las reglas aplicables. El saldo puede aumentar considerablemente; reducir una sanción también reduce los intereses relacionados, pero las dificultades económicas, por sí solas, generalmente no eliminan los intereses sobre impuestos impagados.

El impuesto sobre la renta retenido y los impuestos del Seguro Social y Medicare a cargo del empleado se mantienen para el gobierno; los empleadores también adeudan sus propios impuestos por separado. No ingresar las cantidades retenidas o recaudadas para su entrega al fisco puede plantear cuestiones de responsabilidad e incumplimiento deliberado. Lea Consecuencias de los impuestos sobre la nómina impagados y soluciones con un abogado especializado (Inglés) para obtener información relacionada.

Medidas enérgicas de cobro del IRS

El IRS puede cobrar impuestos determinados y vencidos mediante gravámenes y embargos sin obtener previamente una sentencia judicial. Cada medida tiene requisitos procesales distintos; un embargo generalmente requiere notificación y oportunidad de audiencia previas, con excepciones legales. Entre las posibles medidas figuran:

  • Gravamen tributario del IRS: Un gravamen tributario federal es un derecho legal que garantiza una deuda tributaria determinada e impagada sobre los bienes y derechos del contribuyente. Un Aviso de Gravamen Tributario Federal registrado por separado informa a los acreedores y puede dificultar la financiación, la venta o la refinanciación. El gravamen, por sí mismo, no es una incautación.
  • Embargo tributario del IRS: Más agresivo que un gravamen, el embargo permite al IRS incautar bienes para satisfacer una deuda tributaria. Puede incluir:

    • Embargo de cuentas bancarias: El IRS puede embargar cuentas bancarias conforme a los procedimientos aplicables, generalmente tras notificación y oportunidad de audiencia, con excepciones legales. Los embargos bancarios pueden alterar las operaciones empresariales.
    • Embargo salarial: El IRS puede embargar los salarios del contribuyente que adeuda una obligación tributaria determinada, sujeto a las reglas aplicables de notificación, audiencia y exenciones. Los salarios de los empleados no se embargan simplemente porque su empleador adeude impuestos sobre la nómina.
    • Incautación de activos: Puede abarcar equipos empresariales, cuentas por cobrar e incluso bienes personales si se determina que usted responde personalmente.
  • Operaciones empresariales: La incautación de activos puede interrumpir las operaciones. Ante incumplimientos persistentes de impuestos sobre el empleo, el gobierno puede solicitar una orden judicial que exija el cumplimiento y, en casos apropiados, restrinja las operaciones. Un depósito omitido no autoriza automáticamente el cierre inmediato de la empresa.

Atienda los avisos y los depósitos incumplidos sin demora para preservar los derechos de respuesta disponibles y reducir la exposición adicional. La medida adecuada depende de la determinación tributaria, la fase de cobro y el cumplimiento actual.

Cómo un abogado de impuestos sobre la nómina en Los Ángeles puede abordar asuntos del IRS y del EDD

Los Ángeles: Los asuntos del IRS y del EDD involucran organismos distintos. Confirme si el encargo propuesto cubre ambos, quién atenderá cada cuestión y qué plazos deben cumplirse.

Un representante autorizado puede revisar la determinación tributaria y los registros de nómina, identificar clasificaciones o pagos controvertidos y preparar una respuesta. Contratar a un representante no sustituye las obligaciones continuas del empleador de presentar declaraciones y efectuar depósitos.

  • Recursos frente al cobro: El abogado puede evaluar los motivos para liberar un embargo, los derechos de apelación y las alternativas de pago, y contactar con el organismo correspondiente. El alivio depende de los requisitos aplicables; la representación por sí sola no libera un embargo ni elimina un gravamen.
  • Ante una propuesta de TFRP, revise el control real de la persona sobre las decisiones financieras y su conocimiento de los impuestos impagados. El IRS generalmente concede 60 días desde la carta de propuesta para apelar, o 75 días si la carta está dirigida fuera de Estados Unidos. Siga sus instrucciones y conserve los registros pertinentes.
  • Las conclusiones controvertidas del IRS pueden reunir los requisitos para una revisión administrativa. Lea el aviso para conocer los requisitos y plazos, reúna los registros de nómina y pagos que respalden su posición y considere impugnar una decisión del IRS. Los asuntos del EDD siguen procedimientos separados de California.
  • Corrija los sistemas de nómina y las prácticas de clasificación de trabajadores al mismo tiempo que aborda los saldos anteriores. Concilie las declaraciones con los depósitos, conserve documentos justificativos y verifique las obligaciones federales y estatales actuales de pago.

Imagen ilustrativa de una reunión con un profesional jurídico

Diseñar una estrategia para resolver su deuda tributaria

Compare las opciones disponibles con los activos, ingresos, gastos, historial de declaraciones y depósitos actuales de la entidad. Resolver la situación de la empresa y la responsabilidad separada de una persona responsable puede exigir análisis diferentes.

Opción de resolución Descripción Requisitos & consideraciones principales
Oferta de transacción del IRS Una transacción aceptada puede resolver una deuda tributaria elegible por menos del importe total adeudado, conforme a sus condiciones. En una oferta basada en la incapacidad de pago, el IRS considera los ingresos, los gastos permitidos y el valor neto de los activos. Los empleadores deben cumplir los requisitos de presentación y depósitos, incluidos los depósitos exigidos del trimestre actual y de los dos anteriores, y no pueden tener un procedimiento de quiebra abierto. La aceptación no está garantizada.
Acuerdo de pago a plazos Un plan de pago cuyas condiciones dependen del programa aplicable y del período de cobro restante. La mayoría de los actuales Planes de Pago Simples del IRS permiten hasta diez años. Adecuado para empresas que no pueden pagar íntegramente de inmediato, pero sí con el tiempo. En los actuales Planes de Pago Simples, una empresa con impuestos retenidos o recaudados para su entrega al fisco generalmente reúne el requisito de saldo si adeuda $25,000 o menos, salvo una empresa individual que haya cesado sus actividades, cuyo límite es $50,000; una empresa sin esos impuestos generalmente tiene un límite de $50,000. También se aplican requisitos actuales de presentación y pago. Los intereses y las sanciones siguen acumulándose.
Estado de deuda actualmente incobrable del IRS (CNC) Una clasificación temporal de cobro sujeta a criterios que dependen del contribuyente y de la entidad. Las sociedades que siguen operando tienen requisitos específicos de cumplimiento actual y de activos realizables para el cobro. Los requisitos y el seguimiento dependen del contribuyente y de la entidad. Las sociedades en funcionamiento generalmente deben estar al día con las obligaciones de presentación y pago, no poder efectuar pagos de impuestos atrasados y no disponer de ingresos embargables ni de valor neto en activos realizable por ejecución. Cualquier decisión de no proceder contra valor neto existente debe documentarse. El estado CNC no perdona la deuda; continúan los intereses y sanciones aplicables, y el cobro puede reanudarse si cambian las circunstancias.

La vía disponible depende de la entidad empresarial, el cumplimiento actual, los activos, el estado del cobro y cualquier responsabilidad de una persona responsable. Revise los avisos y plazos sin demora y evalúe los requisitos aplicables antes de elegir una opción de resolución.

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