Segal, Cohen & Landis

Impuestos internacionales

Sanciones del Formulario 3520: qué significan y cómo impugnarlas

Las obligaciones de información fiscal internacional dependen de la condición fiscal, los activos, las operaciones y las excepciones aplicables. Revise las obligaciones actuales y los requisitos de acceso a los procedimientos de regularización.

Lectura: aprox. 10 min · Samuel Landis, Esq. · 19 de mayo de 2026 · Leer en inglés

Última actualización:

6 min de lectura

Resumen breve

  • Para la declaración tardía de donaciones o legados extranjeros comprendidos en la norma, la sección 6039F establece una sanción del 5% mensual, hasta el 25%, sujeta a la excepción por causa razonable. La información sobre fideicomisos extranjeros se rige por reglas sancionadoras diferentes.
  • A modo de ejemplo, el 25% de una donación extranjera no declarada de $400,000 equivale a $100,000. Puede aplicarse una sanción informativa aunque no se adeude impuesto sobre la renta, pero su determinación no es automática en todos los casos de presentación tardía.
  • Las respuestas disponibles pueden incluir una solicitud por causa razonable debidamente fundamentada, un procedimiento de regularización aplicable o una impugnación administrativa o reclamación de reembolso presentada a tiempo. Cada vía tiene requisitos de acceso y de procedimiento.
  • Si se omitió una presentación, identifique cuanto antes la obligación, los procedimientos disponibles y los plazos. La respuesta adecuada depende de los hechos, incluidos los contactos previos del IRS y la posible intencionalidad; no dé por hecho que un procedimiento concreto de divulgación resulta apropiado.
  • Revise las notificaciones pertinentes, el historial de declaraciones y otras presentaciones, los documentos y los plazos antes de decidir cómo responder. Evalúe la asistencia profesional según los hechos, la legislación aplicable y el alcance acordado de la representación.

Un contribuyente puede afrontar una sanción informativa considerable aunque una donación no genere impuesto sobre la renta y no haya tenido intención de ocultar ingresos. Las sanciones del Formulario 3520 dependen de la categoría informativa, las excepciones aplicables, el historial de presentaciones y los hechos. Lea la notificación concreta antes de evaluar una respuesta.

El Formulario 3520 informa de determinadas operaciones y participaciones de propiedad en fideicomisos extranjeros, así como de ciertas donaciones o legados extranjeros. Esta guía explica las principales disposiciones sancionadoras y las posibles vías de respuesta. Para hablar de representación con Segal, Cohen & Landis (SCL), confirme las cualificaciones y el alcance del encargo propuesto; no se garantiza ningún resultado concreto.

¿Qué origina las sanciones del Formulario 3520?

Según la obligación informativa, no presentar a tiempo o no proporcionar información completa y correcta puede dar lugar a una sanción. Algunos ejemplos son:

  1. Donaciones extranjeras no declaradas: Una persona estadounidense a efectos fiscales recibió más de $100,000 en donaciones o legados comprendidos en la norma de una persona física extranjera no residente o de una sucesión extranjera, incluidos los importes aplicables de personas vinculadas, y no los declaró. Las supuestas donaciones de sociedades de capital o sociedades de personas extranjeras tienen un umbral distinto, ajustado anualmente, y reglas de acumulación propias.
  2. Operaciones o propiedad de fideicomisos extranjeros no declaradas: Una persona no informó de una transferencia, distribución o participación de propiedad comprendida en la norma, tras considerar las excepciones aplicables. Consulte nuestra página sobre información de fideicomisos extranjeros para más detalles.
  3. Presentación tardía o incompleta: Una declaración obligatoria se presentó después del plazo aplicable u omitió información exigida. Utilice el formulario y las instrucciones adecuados; cualquier presunto error debe evaluarse conforme a la regla informativa y sancionadora correspondiente.

¿A cuánto ascienden las sanciones del Formulario 3520?

Las reglas siguientes describen posibles sanciones legales; también deben considerarse las excepciones por causa razonable y los límites aplicables. Las prácticas de tramitación actuales no derogan estas reglas. Consulte las instrucciones del Formulario 3520 y la sección 6677.

Tipo de infracciónSanciónMáximo
Presentación tardía u omitida: donaciones extranjeras5% del valor de la donación por mes25% de la donación
Presentación tardía u omitida: distribuciones de fideicomisos extranjerosSanción inicial generalmente igual al mayor de $10,000 o el 35% de la distribución bruta sujeta a declaraciónLas sanciones iniciales y por incumplimiento continuado están sujetas al límite aplicable del importe bruto declarable conforme al § 6677
Presentación tardía u omitida: transferencias a un fideicomiso extranjeroSanción inicial generalmente igual al mayor de $10,000 o el 35% de la transferencia bruta sujeta a declaraciónLas sanciones iniciales y por incumplimiento continuado están sujetas al límite aplicable del importe bruto declarable conforme al § 6677
Incumplimiento de la obligación informativa del propietario estadounidense conforme a la sección 6048(b), incluida la información exigida en el Formulario 3520-ASanción inicial generalmente igual al mayor de $10,000 o el 5% del valor bruto al cierre del año de los activos del fideicomiso considerados propiedad de la persona estadounidense a efectos fiscalesSe aplican las sanciones por incumplimiento continuado y el límite del importe bruto declarable conforme al § 6677

A modo de ejemplo, el 25% de una donación extranjera no declarada de $500,000 equivale a $125,000. Una distribución no declarada de $1,000,000 de un fideicomiso extranjero puede generar una sanción inicial del 35%, es decir, $350,000, sujeta a las medidas de reducción y los límites aplicables. Conforme a la sección 6677, un incumplimiento que continúe después del período legal de notificación de 90 días también puede generar $10,000 por cada período adicional de 30 días o fracción. La sanción informativa y las posibles consecuencias en el impuesto sobre la renta deben evaluarse por separado.

Cómo impugnar las sanciones del Formulario 3520: sus defensas

Las posibles medidas de reducción y vías de respuesta dependen de la disposición sancionadora, el historial de presentaciones y pagos, los contactos del IRS, las pruebas y los plazos. La causa razonable y la ausencia de intencionalidad exigida por los procedimientos simplificados son criterios distintos; cumplir uno no supone cumplir el otro.

1. Defensa por causa razonable

Las disposiciones sancionadoras pertinentes del Formulario 3520 permiten obtener una reducción o exoneración cuando el contribuyente acredita causa razonable y ausencia de negligencia deliberada. Presente hechos concretos y documentos justificativos que expliquen por qué no se cumplió la obligación. Puede solicitarse después de la determinación de la sanción cuando el procedimiento aplicable lo permita, pero alegar causa razonable sin más no acredita el derecho a obtenerla.

Un asesor puede examinar qué se encargó al profesional fiscal, qué información y asesoramiento proporcionó o recibió el contribuyente, cómo entendía la obligación y qué medidas tomó para cumplirla. Haber inmigrado recientemente, tratar una transferencia como préstamo, confiar en un preparador de declaraciones o presentar otros formularios a tiempo no acredita automáticamente causa razonable. Clasifique correctamente la operación y evalúe todos los antecedentes.

2. Procedimiento de presentación de declaraciones informativas internacionales atrasadas (DIIRSP)

Los procedimientos del IRS para declaraciones atrasadas indican que los contribuyentes que no estén bajo examen civil ni investigación penal del IRS y que no hayan sido contactados sobre las declaraciones atrasadas deben seguir las instrucciones de presentación aplicables. Los Formularios 3520 y 3520-A se presentan conforme a sus propias instrucciones. Puede adjuntarse una declaración de causa razonable; las directrices actuales del IRS señalan que se considerará antes de determinar una sanción por esos formularios e indican que se haga la anotación correspondiente en la primera página. Por separado, el IRS eliminó en 2024 la determinación automática al presentar informes tardíos de donaciones extranjeras de la Parte IV. Estos cambios de tramitación no eliminan las obligaciones informativas ni garantizan la exoneración de todas las sanciones.

3. Procedimientos simplificados de cumplimiento de obligaciones de declaración

Los procedimientos simplificados exigen una certificación veraz de ausencia de intencionalidad y otros requisitos de acceso. El procedimiento para residentes en Estados Unidos generalmente exige haber presentado previamente las declaraciones de renta de los años cubiertos y haber omitido ingresos de activos extranjeros y el impuesto correspondiente; no es una opción automática para un informe aislado y tardío de una donación. Su sanción global por activos en el extranjero del 5% utiliza el mayor saldo o valor agregado aplicable de activos extranjeros, no simplemente el importe de la donación. El procedimiento para residentes en el extranjero exige cumplir su prueba específica de no residencia y otras condiciones, y no impone esa sanción global por activos en el extranjero a una presentación que reúna los requisitos. Ambos exigen pagar los impuestos e intereses aplicables. Un examen actual del IRS o una investigación penal inhabilita al contribuyente, y las sanciones previamente determinadas no se reducen automáticamente.

4. Práctica de divulgación voluntaria del IRS (VDP)

Cuando el incumplimiento pueda haber sido deliberado, examine con un asesor los procedimientos actuales del Programa de Divulgación Voluntaria del IRS. La división de Investigación Criminal del IRS considera la divulgación oportuna, veraz y completa, la cooperación y los acuerdos de pago al decidir si recomienda un procesamiento penal. Esta práctica no garantiza inmunidad ni la eliminación de impuestos, sanciones o intereses.

5. Reducción formal de sanciones después de su determinación

Después de la determinación, revise la notificación concreta de la sanción y los recursos administrativos o judiciales disponibles, incluidos los requisitos previos de pago, reclamación de reembolso, jurisdicción y presentación. Una sanción por declaración informativa no abre automáticamente la vía de petición por deficiencia tributaria ante el Tribunal Fiscal; la causa razonable debe acreditarse conforme a la disposición sancionadora aplicable.

¿Qué notificaciones del IRS se relacionan con las sanciones del Formulario 3520?

Las notificaciones del IRS tienen finalidades y procedimientos de respuesta distintos. La CP2000 generalmente propone ajustes basados en el cotejo de documentos de ingresos; no constituye por sí misma una determinación de sanción del Formulario 3520. Lea la notificación concreta, su fundamento legal y el plazo, y distinga las solicitudes de información de las notificaciones de determinación o de sanción por incumplimiento continuado. Información general sobre asistencia de un abogado con el Formulario 3520

Preguntas frecuentes

¿Puede el IRS sancionarme realmente si no debo impuestos?

Sí. Las sanciones informativas pueden aplicarse aunque no se adeude impuesto sobre la renta. La sanción por donaciones extranjeras se basa en los importes de las donaciones comprendidas en la norma; las sanciones por fideicomisos extranjeros utilizan el valor declarable aplicable de la transferencia, distribución o propiedad. Las excepciones y las reglas actuales de tramitación siguen siendo relevantes.

¿Hasta cuántos años atrás puede actuar el IRS?

Los plazos de determinación y reembolso dependen del impuesto o la sanción, la información exigida, las fechas de presentación y pago, y las excepciones o prórrogas aplicables. Haga revisar los antecedentes concretos en lugar de asumir que una única regla de tres años cubre todos los asuntos del Formulario 3520.

Ya pagué la sanción. ¿Puedo obtener un reembolso?

Solicitar un reembolso exige utilizar el procedimiento de reclamación adecuado, aportar hechos justificativos y presentar a tiempo conforme a las reglas aplicables al pago y la sanción concretos. El Formulario 843 puede ser pertinente, pero la causa razonable por sí sola no determina la elegibilidad para el reembolso ni su plazo.

¿Se enfrenta a sanciones del Formulario 3520? Podemos ayudarle.

Si recibió una notificación de sanción del Formulario 3520, está preparando una presentación tardía o solicita el reembolso de una sanción pagada, puede contactar con los abogados de fiscalidad internacional de Segal, Cohen & Landis en el (818) 986-3300 para hablar del asunto. Aporte las notificaciones pertinentes, el historial de presentaciones y los plazos, y confirme los servicios y honorarios propuestos. Los resultados anteriores no acreditan un derecho a obtener una reducción o exoneración en su caso.

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